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jueves, 9 de agosto de 2018

LAS CHICAS HACEN HISTORIA




"Ignoran que la multitud no odia, odian las minorías, porque conquistar derechos provoca alegría, mientras perder privilegios provoca rencor". Arturo Jauretche



Alguien habrá pensado que Mauricio Macri habilitó el debate sobre el aborto para tapar los problemas que su gobierno neocolonial está provocando en Argentina. Una buena manera de que la crisis económica y social pase a segundo plano. Él y sus asesores habrán pensado que garpaba. Quizá sea cierto. Pero la movilización popular, donde miles, millones de mujeres (y hombres) reclamando por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito ganó la calle y los medios, interpeló a la sociedad en su conjunto, y fijó la agenda.

El proyecto de IVE pasó en Diputados, pero lo frenaron lxs Dinosaurixs en el Senado. El Gobierno atrasa, los políticos partidocráticos también. Mauricio, Gabriela Michetti, la gobernadora Vidal y todxs lxs monstruitxs de pañuelos celestes festejaron. Quienes claman "salvemos las 2 vidas", pero no se conmueven por lxs pibxs que mueren de hambre, miseria e indignidad, son la encarnación de la hipocresía más abyecta. Son lxs que se tapan la nariz cerca de un pobre, pero lloran ante un perrito abandonado. Cuánta sensibilidad distorsionada.

Funcionarios, jueces y legisladores salieron de esta sociedad enferma que formamos, que corrompemos cotidianamente, por pensamiento, acción, palabra u omisión. A cantarle a Gardel. Si queremos otra cosa habrá que meter las patas en el barro.

La marea verde es una lucha que lleva años, siglos. Ya no es tabú, ya no puede ser tapado: el aborto está en boca de todxs, y el derecho de nuestras hijas a decidir sobre sus propios cuerpos no se negocia. La batalla contra el machismo y la violencia en todas sus formas está aquí. El lenguaje inclusivo se va colando en las conversaciones cotidianas. El Patriarcado se va a caer, se va a caer, indefectiblemente.

Hay que empezar a cambiar las palabras. Decir "hijo de puta" está mal, las putas no tienen la culpa de los males masculinos. Ni siquiera la madre de Macri, ni la de Magnetto. Mentar "todos nosotros" es marginar a las "nosotras" que nos parieron y nos hacen hombres a diario.

A pesar de la tristeza, de la derrota momentánea, las pibas y sus proyectos libertarios seguirán rompiendo las pelotas de los crápulas que cargamos en nuestras conciencias, sin distición de sexo. Con estas pibas, el futuro es verde esperanza.




















Daniel
Mancuso

jueves, 28 de noviembre de 2013

SOLOS EN LA MADRUGADA






Cuando casi todos dormíamos, hubo desvelos mirando el cieolarraso oscuro, o la pava en el fuego para un mate antes de la fatiga, o la espera fría del colectivo esquivo, o el retraso ferroviario cotidiano, o la prolongada sesión en el Senado a contramano de los sentimientos mayoritarios, y la votación de reforma y unificación del nuevo Código Civil y Comercial, que en partes, retrocede hacia las catacumbas de la inquisición. 39 voluntades a favor y una en contra. 32 ausencias. Muchas contradicciones, iguales preguntas.

Es la política, dicen. Hay que negociar con la Iglesia y los empresarios y el establishment. No se puede hacer todo, dicen. Hay que hacer algunas concesiones.

«ARTÍCULO 19.- Comienzo de la existencia. La existencia de la persona humana comienza con la concepción».


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Si hasta el jefe del bloque kirchnerista, Miguel Ángel Pichetto, rechazó el nuevo Código Civil: "Lo voy a votar, repito, porque además tengo obligaciones políticas, pero hay una estructura de pensamiento y una idea que liquida la relación del sujeto privado con el Estado y lo coloca dentro del marco del derecho privado, que lo saca del derecho público y coloca al Estado como si fuera un ciudadano; y para eso existe el Derecho Administrativo como una rama especializada del Derecho".

"El artículo 19 tampoco me satisface. Yo tengo un pensamiento laico; digamos, las cosas que son del Estado son del Estado y las que son de Dios son de Dios".

"Yo espero que en el ámbito de la Cámara de Diputados este debate pueda ser superado, que pueda realmente volver a retomarse la senda de un camino que es el correcto, porque este Congreso ha votado la Ley de Fertilización Asistida, hemos diseñado leyes de inclusión para posibilitar que mujeres que no podían tener niños y que lo deseaban fuertemente como un acto de amor, de necesidad afectiva y porque querían un hijo, pudieran tenerlo. Mediante este mecanismo legislativo de la fertilización le hemos brindado esa posibilidad. Entonces, esto tiene que estar en línea, tiene que haber un principio de concurrencia, de coherencia. Espero que lo corrija la Cámara de Diputados".


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El socialista Rubén Giustiniani cuestionó que el oficialismo no haya querido introducir modificaciones al articulado, entre otros temas, que se haya quitado del Código “el derecho al acceso al agua potable como un derecho humano, en beneficio de las empresas mineras y detrimento de los ciudadanos”.

El bonaerense Aníbal Fernández afirmó que “el acceso al agua es un derecho público esencial” y que por eso “no es imperioso que esté en el Código Civil”.

La oposición se quejó de que el Frente para la Victoria haya excluído del texto la denominada "función social de la propiedad" privada, la regulación de la maternidad subrogada (más conocida como “alquiler de vientres”), la fecundación post-mortem, y el acceso al agua potable como "derecho humano fundamental" (que según explicó Aníbal Fernández, no corresponde regular en el Código Civil).


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 Avanzando en el nuevo Código, vemos por ejemplo:

«ARTÍCULO 1974.- Camino de sirga. El dueño de un inmueble colindante con cualquiera de las orillas de los cauces o sus riberas, aptos para el transporte por agua, debe dejar libre una franja de terreno de quince metros de ancho en toda la extensión del curso, en la que no puede hacer ningún acto que menoscabe aquella actividad.

»Todo perjudicado puede pedir que se remuevan los efectos de los actos violatorios de este artículo.»


La orilla del rió es lo que llamamos línea de rivera; ella representa el limite entre el dominio publico, constituído por la aguas de uso general y los espacios físicos que las contiene, y el dominio privado de los propietarios ribereños, mientras que el camino de sirga es una restricción a la propiedad privada ribereña por razones de interés común y que no implica la perdida de tal titularidad.


¿Qué decía el viejo Código de Vélez Sarsfield?

«Art. 2.639. Los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación por agua, están obligados a dejar una calle o camino público de treinta y cinco metros hasta la orilla del río, o del canal, sin ninguna indemnización. Los propietarios ribereños no pueden hacer en ese espacio ninguna construcción, ni reparar las antiguas que existen, ni deteriorar el terreno en manera alguna».

«Art. 2.640. Si el río, o canal atravesare alguna ciudad o población, se podrá modificar por la respectiva Municipalidad, el ancho de la calle pública, no pudiendo dejarla de menos de quince metros.»

Es decir, en vez de avanzar en la protección del espacio público, se retrocede. Quince Metros entre la Coca Cola y el Riachuelo, por ejemplo, signfica que toda la costa de los ríos podrá ser acaparada por empresas, organizaciones privadas,etc, en detrimento del ciudadano de a pie.


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La iniciativa de reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación representa una oportunidad única para lograr un cambio legislativo que amplíe derechos e incorpore los estándares y obligaciones internacionales asumidas en materia de derechos humanos.

El Congreso de la Nación tiene la responsabilidad histórica de no desperdiciar esta oportunidad. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) considera indispensable que se contemple y procure resolver y atender la situación de informalidad y precariedad en la que viven millones de familias pobres urbanas y campesinas en nuestro país. En su defecto, obtendremos un nuevo código signado por una perspectiva clasista que terminará legislando para los sectores de mayores ingresos y menores necesidades. Algo incongruente con el proceso de ampliación de derechos, a treinta años de la democracia argentina...

Se debe incluir la función social de la propiedad

La supresión en el dictamen de Comisión de la función social de la propiedad es un grave retroceso que desprotege a los sectores más necesitados de la sociedad. El reconocimiento de este principio es imprescindible para la constitucionalización y modernización del Código, que lo ubique en línea con el derecho internacional de los derechos humanos. Su incorporación no afectaría el derecho de propiedad sino que lo armonizaría con el interés social, a tono con países de la región que poseen este principio con rango constitucional como Brasil, Bolivia, Chile, Ecuador y El Salvador.

Este principio debe ser acompañado de nuevos instrumentos de adquisición del dominio, que ofrezcan alternativas de regularización para las formas de habitar popular y herramientas de intervención estatal para resolver el acceso al suelo y al territorio que afectan a cientos de miles familias pobres en áreas urbanas y rurales.

Como está planteado, el dictamen de la Comisión Bicameral contempla sólo formas jurídicas que permiten regularizar los actuales modos de vivir de los sectores de altos ingresos (barrios privados) y excluye la regularización de las maneras de vivir (villas y asentamientos urbanos) y producir (tierras rurales para los campesinos) de los sectores más pobres y vulnerables...


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Lo privado y lo público. Los fuertes y los débiles. Lo viejo y lo nuevo. Avances y retrocesos. Esperanzas y frustraciones. Promesas y defecciones. ¿Plata, plata, plata...? ¿perdemos, siempre perdemos los mismos...?

Alguien dijo... “Se aprueba ahora sí o sí, pero sólo para evitar que se caiga el dictamen por el recambio”. Y se escuchó... “Seguramente habrá más cambios. Y volverá en revisión al Senado”.

Oremos.


Daniel
Mancuso





sábado, 23 de noviembre de 2013

AUNQUE NO LA VEAMOS, LA IGLESIA SIEMPRE ESTÁ











En Argentina, tenemos un ordenamiento jurídico del siglo XIX, en materia civil. Algo atrasa, algo tira para atrás, la insondable pesadez de la Iglesia.


Dalmacio Vélez Sársfield redactó el Código Civil de la República Argentina, y fue aprobado a libro cerrado (sin modificaciones) el 25 de septiembre de 1869, mediante la Ley 340. Entró en vigencia el 1 de enero de 1871. Con numerosas modificaciones desde ese entonces, sigue constituyendo la base del Derecho civil argentino.

El miércoles pasado, la comisión bicameral creada para analizar la reforma, actualización y unificación de los códigos Civil y Comercial dio dictamen al proyecto redactado por el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, su colega Elena Highton de Nolasco y la ex jueza mendocina Aída Kemelmajer de Carlucci. Pero en su primer tratamiento parlamentario la iniciativa sufrió alrededor de 180 cambios. Los más destacados en lo referente a la ampliación de derechos fueron impulsados por la Iglesia.

El próximo miércoles comenzará el debate en el recinto del Senado nacional para aprobar el proyecto de unificación y reforma de los códigos Civil y Comercial, luego de que esta semana la comisión bicameral le diera dictamen favorable. El oficialismo incorporó 180 modificaciones en la nueva reglamentación con respecto al texto original que había redactado el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, junto a su colega del tribunal Elena Highton de Nolasco y la ex jueza mendocina Aída Kemelmajer de Carlucci.


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“Seguramente la discusión política y social del aborto se va a superponer con el artículo del código que defiende la vida desde la concepción. Esa tensión va a ser muy difícil de evitar”... “No sería la primera vez que se generaría un desacople entre la ley y la realidad”... “La incidencia de la Iglesia es un tema muy delicado. Un gobernante no puede olvidarse de que el Papa, al ser argentino, incide en nuestro país de una forma muy particular. Nuestra responsabilidad como fuerza de gobierno es tratar de coordinar una legislación laica pero sin dejar de tener en cuenta la influencia que tiene el papa Francisco en estos momentos”, opina el abogado y diputado por Nuevo Encuentro Carlos Raimundi.


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“Hay memorias, imaginarios, representaciones sobre el poder de la Iglesia que se ha construido en el largo plazo. Si bien la desinstitucionalización del catolicismo es reconocida por la gran mayoría de los actores político-sociales, la Curia sigue guardando un poder simbólico que le da una presencia casi única en la sociedad argentina”... “En 1968, durante el onganiato, la única institución religiosa que, sin tapujos, es considerada de derecho público es la Iglesia Católica”, dejando de lado a otros grupos y organizaciones religiosas no católicas. Esos grupos serán a partir de ese momento invisibilizados y perseguidos. “La única institución religiosa ‘verdadera’ que monopoliza, distribuye el bien común y defiende la ‘patria’, es ahora sólo la Iglesia Católica”, una circunstancia que se mantendrá por décadas. La última dictadura cívico-militar “no sólo siguió en la misma línea sino que agradeció el asesoramiento, participación y complicidad de la institución eclesial”, opina Fortunato Mallimaci, profesor universitario y especialista en temas de cultura y religión.


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“La Iglesia Católica es la única entidad que, en contra de normativas internacionales, considera al embrión humano como una persona antes de ser implantado. La reforma que la comisión bicameral plantea para el artículo 19 de la propuesta inicial del nuevo Código Civil obedece simplemente a la presión de la Iglesia Católica. Claro que la Iglesia no está en condiciones de prohibir taxativamente la fecundación in vitro, pero no la admite como método para lograr un embarazo. Y otorgar el status de persona a un embrión no implantado implica por ejemplo que no se puede congelar, porque no se puede congelar personas. En rigor, directamente no se podría hacer fecundación in vitro porque se crearían ‘personas’ de las cuales muchas no van a llegar a nacer”, opina Claudio Chillik, extitular de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (Samer).


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Excelente informe e investigación de Víctor Hugo Morales...











Daniel
Mancuso




sábado, 28 de septiembre de 2013

ME MATAN SI NO NACÍ, Y SI NACÍ ME MATAN






Un vómito recurrente estertora la conciencia, y el asco sube hasta el mareo cruel. Náuseas. Chupacirios y moralistas dicen proteger la vida por nacer pero matan a la madre, o lo matan al pibito entre las chapas de su rancho o lo matan de hambre, qué carajo, no importa, si son pobres y siempre mueren los pobres. Así fue, y así ha de ser...

Y al que asome la cabeza, duro con él...

Hoy se conmemora el Día de Lucha por el Derecho al Aborto. En Argentina, mueren 80 mujeres cada año. Más o menos 60.000 mujeres son atendidas en los hospitales públicos por abortos practicados en forma clandestina e insegura. A pesar de todo, el Congreso nacional sigue sin debatir la despenalización del aborto.

En América Latina y el Caribe, las consecuencias del aborto clandestino son la causa del 25% de las muertes de mujeres. Se practican 4 millones de abortos y más de 5.000 mujeres mueren por sus consecuencias, cada año.

En Argentina, desde hace 30 años, con el regreso de la democracia, se han presentado en el Congreso más de 50 proyectos que proponen una modificación al modelo punitivo del aborto. Pese a esto, el tema se ha tratado tan solo una vez en una comisión en diputados, y nunca ha llegado a recinto.

Si esto no es hipocresía, la hipocresía dónde está. Una sociedad que quiere encarcelar a los pibes menores de edad, que quiere más policías y mano dura, que no se escandaliza por la trata de personas a la vista de todos y todas, que consume los grandes diarios publicando avisos de oferta sexual a pesar de que está prohibido, que tiene una iglesia que proteje a los curas pedófilos, que desprecia y reprime a los pobres en situación de calle, es la misma sociedad que impide evitar muertes de mujeres pobres que podrían ser salvadas, cuidadas y contenidas...

¡Y empiezan a escucharse voces indignadas al ritmo del yo no fui!











Daniel
Mancuso




jueves, 19 de enero de 2012

CRÓNICA DE UN ABORTO ABORTADO










Una nena de 11 años que fue sexualmente abusada, en la localidad entrerriana de General Campos, está embarazada.

La gestación en la pequeña niña sigue avanzando mientras el juez de Familia de Concordia, Raúl Tomaselli, se toma su tiempo para pensar el caso, buscar en los vericuetos leguleyos que podrían interferir o no en el normal desenvolvimiento del embarazo, y dictaminar un fallo ejemplar que deje conformes a los corazones retrógrados de la sociedad.

El juez no sabe si le darán los plazos para resolver la presentación judicial de la abogada María Susana Benítez, que en representación de la familia pidió a la justicia que autorice el aborto terapéutico para la niña.

«No puedo hablar de algo que no sé, yo no vi nada (de la solicitud judicial), habrá que ver, depende del tipo de recurso que se presente, los plazos que exige, y además hay que ver si me dan los plazos para resolverlo porque yo no voy a estar acá de corrido», dice el juez.

El colectivo “Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito de Entre Ríos”, denunció al juez de Menores de Concordia, Raúl Tomasselli por “abuso de poder”, dicen que el juez “intimida, presiona y manipula a la madre de la niña”.

Nora Martínez, secretaria de la red Alerta, opinó que “se están estirando los tiempos judiciales y achicando los plazos para practicarle un aborto legal a una menor que fue abusada”.



1
Los incisos del artículo 86 del Código Penal no requieren autorización judicial para el aborto no punible. Ninguna eximente del Código Penal puede requerir una autorización previa judicial. Si se han fraguado las circunstancias eximentes se verá luego. Está de por medio el asunto de la coma, pero creo que se refiere a cualquier violación. La salud, conforme a la ONU, es un estado de equilibrio biopsíquico; pocas dudas caben, por ejemplo, de que el riesgo de que la gestante caiga en una psicosis es un riesgo gravísimo para la salud. Lo que quiero decir es lo siguiente:



a) El aborto no es “bueno”. No creo que nadie en su sano juicio piense lo contrario ni que ninguna mujer que aborte lo haga alegremente.

b) El número de abortos que se practican en el país es enorme, las cifras estimadas son altísimas.

c) La inmensa mayoría de los abortos se practica “clandestinamente” en clínicas y en condiciones de inseguridad.

d) En 35 años de juez, he conocido unos diez procesos por aborto, o sea, nada.

e) Una minoría de abortos se practica en condiciones sépticas terribles y son de la pobreza o de la miseria; buen número acaba con la vida de la gestante por septicemia.

f) En síntesis, el Código Penal no sirve para prevenir el aborto y ni siquiera para reducir el enorme número de los que se practican. Para lo único que sirve es para que las mujeres de la faja más pobre y desamparada sean sometidas a los riesgos más altos.

g) Por consiguiente, debe concluirse que se trata de un delito generalizado e impune.

h) El argumento de que si se generaliza el homicidio con impunidad habría que pensar si se hace algo diferente de dejarlo en el Código Penal no es válido: cuando el homicidio se generaliza y es impune tenemos una guerra, y ninguna guerra fue terminada con el Código Penal, sino con armisticios.

i) Es obvio que todos queremos un mundo sin guerras ni genocidios, y también sin abortos. Sin embargo, no sabemos cómo lograrlo, pero lo que sabemos es que con el Código Penal no se logra.

j) Lo correcto es hacer una investigación de campo seria, cuantificar la cantidad con encuestas y proyecciones (lo que es perfectamente posible), reunir todo el material que hasta el momento se haya investigado, establecer las tipologías, las causas, las motivaciones, la población en riesgo y ver cómo disminuimos el número, o sea, una política de reducción de daños real.

k) No tiene sentido afirmar que con el Código Penal prevenimos lo que no prevenimos y no ocuparnos del hecho real y de su prevención. Si del enorme número logramos bajar a la mitad, sería muy grande el número de vidas que salvemos, intra y extrauterina. Tampoco podemos ser omnipotentes o, por serlo, dejar que se siga practicando alegremente, como en la realidad sucede hasta el presente.

l) Si nos limitamos a discutir un artículo del Código Penal y nos conformamos con su vigencia, algún día nos ridiculizarán y nos cobrarán la indiferencia frente a las muertes.

m) Si nos limitamos a autorizar el aborto hasta el tercer mes, habremos salvado la vida de muchas mujeres pobres y desamparadas, pero nos habremos desentendido de los otros cientos de miles de abortos que se practican.

n) No veo inconveniente en que se amplíe la eximente en el Código Penal, porque de cualquier manera la tipificación es en la práctica inútil, pero no alcanza.

o) En síntesis, creo que es necesario ir más allá y cualquier reforma enmarcarla en un programa nacional serio de disminución del número de abortos reales, precedido por la investigación científica del fenómeno. Es la única manera que tenemos de salvar vidas humanas y creo que debemos hacer el máximo de esfuerzo en ese sentido.

p) Por las dudas: tampoco creo en la eficacia de una persecución policial a las clínicas. El efecto sería el mismo que en cualquier manifestación de delincuencia organizada. Los mejores dejarían la actividad. Los que queden aumentarían el precio del servicio ilícito. Esto sólo haría que una faja más amplia de mujeres quedase librada a los riesgos mortales.

q) De cualquier manera, los legisladores son los que tienen la responsabilidad de tomar la decisión y encarar en serio el problema.


Raúl Zaffaroni
Ministro de la Corte Suprema de la Nación



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Ante el grave hecho de violencia hacia una niña de 11 años de la localidad de General Campos, provincia de Entre Ríos, que fue abusada sexualmente, y como consecuencia está embarazada, el Instituto Nacional contra la Discriminación, Xenofobia y el Racismo impulsa una pronta resolución judicial, que permita darle un marco de protección a los derechos de esta niña.



Al respecto, el interventor del INADI, Pedro Mouratian, sostuvo que “tomando en cuenta la edad de la niña, y que el embarazo fue producto de un abuso sexual, el caso encuadraría en el artículo 86 del Código Penal de la Nación Argentina; además, se entiende, que un embarazo de tales características pone en riesgo la salud psicofísica de la niña”.

Desde el INADI se afirma que el caso no debería haber llegado a la justicia, y debería haberse realizado sin demora la interrupción del embarazo en el ámbito de los servicios de salud. Al respecto, la familia presentó el pedido ante el Juzgado de Familia de Concordia, en el cual se aguarda su resolución.

Según la Convención Internacional de los Derechos del Niño, el Estado debe garantizar el derecho del/a niño/a a ser protegido/a contra toda forma de abuso físico y mental (Artículos 19, 32, 34, 35 y 39), el derecho a la salud (Artículo 24) y el derecho a expresar libremente su opinión en los asuntos que lo/a afecten, teniendo en cuenta debidamente sus opiniones (Artículo 12).


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La niña fue derivada al hospital Masvernat donde los médicos emitieron su posición contraria a la interrupción de la gestación. El padre del bebé sería un adolescente de 16 años que pertenece al entorno familiar de la niña.

«Indudablemente, ninguna niña de once años está preparada psicológica ni emocional, ni afectivamente para ser madre. ¿Contempla este punto nuestro código penal? NO.

»Si este gobierno promueve la inclusión, TERMINEMOS CON LA HIPOCRESÍA. Cualquier niña (cuya familia tenga un buen poder adquisitivo) realiza un aborto seguro en forma privada y sin que trascienda. Ésta niña pobre debe acudir a la justicia, que no puede solucionarle su problema porque está atada de pies y manos», opinó Patricia Ledo, jefa del servicio de Maternidad en el hospital Masvernat.




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El ministro de Salud de Entre Ríos, Hugo Cettour, afirmó que desde el punto de vista médico ‘no amerita‘ que la niña de 11 años de la ciudad de Concordia que se encuentra embarazada sea sometida a un aborto.

«Yo avalo la postura de los médicos del hospital contraria a practicar una aborto a la niña pero se trata, de una evaluación que tiene que hacer la Justicia que, además, deberá analizar las circunstancias por las cuales la niña quedó embarazada. Nuestra posición es desde el punto de vista de la salud pública... la pequeña es hija de una familia de escasos recursos económicos y el embarazo fue detectado el viernes pasado cuando fue llevada a un hospital cercano a Concordia aparentemente por un estado nauseoso», dijo en Radio Mitre... «No amerita en este momento la interrupción del embarazo».

El ministro afirmó que «ya se mandó entre ayer y hoy el informe a la Justicia‘ en el que se precisa la posición de los médicos favorable a la continuidad de la gestación. La niña está cursando un embarazo de 11 semanas y media, es una nena de 11 años y 10 meses, y su examen clínico ecográfico es normal».

Hugo Cettour es médico cirujano recibido en la Universidad Nacional de Buenos Aires, en 1979. Fue director de Salud Pública y Medio Ambiente de la Municipalidad de Concepción del Uruguay a partir de 1987.

En 1990, asumió por primera vez como director del hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay, donde vio muchisimos casos de embarazos no deseados.

En la elección de 1991, fue electo senador provincial por el departamento Uruguay. Luego, desde 2001 al 2005, fue diputado nacional justicialista, y del 2007 al 2010 Presidente del Ente Regulador de los recursos Termales de Entre Ríos (ERRTER). Finalmente, el 1º de Julio de 2010 volvió a la titularidad del hospital Urquiza.

Así las cosas, el Gobierno provincial no se va a meter en el caso y no se harán cargo de la responsabilidad que les cabe de proteger a nivel Estado a la pequeña. Así, el Gobierno de Entre Ríos, emitió el día 18 de enero un comunicado donde sentaron su posición frente el caso y la intención de “no abrir juicios de valor, intervenir, decidir o tomar posición respecto del complejo suceso y a lo que indica la ley vigente”.

¿Remember Poncio Pilatos?



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La familia de la nena embarazada retiró el pedido de aborto no punible

...este mediodía entre las 12.00 y las 13.30 se hicieron presentes; la niña de 11 años embarazada, su madre, el padrastro y la abogada que los representa, María Susana Benítez, para retirar el recurso judicial en el que pedían la autorización del Juez para practicarle a la niña la interrupción del embarazo...

La Campaña Nacional por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito de Entre Ríos denunció "que la madre de la niña fue intimidada, presionada, manipulada para que retire el pedido de la interrupción del embarazo". En el comunicado, la organización considera que "es evidente el abuso de poder por parte del juez Raúl Tomaselli, también de los médicos que intervinieron con pericias médicas e informes sobre la supuesta viabilidad del embarazo en la niña".






Daniel Mancuso



martes, 1 de noviembre de 2011

EL ABORTO EN BUSCA DE LEY




Plaza de Mayo, noche del 23 de octubre 2011...


«... Quiero agradecerle a esta juventud que apoyó y que hoy apoya a este gobierno porque ha comprendido que este gobierno trabaja por el presente, pero fundamentalmente trabaja por el futuro... y les pido... les pido a todos... que dejando de lado vanidades personales o pequeñas diferencias, se organicen profundamente en todo el territorio de la República Argentina, en los frentes sociales, en los frentes estudiantiles, porque es necesario reconstruír el entramado social y político, a lo largo y lo ancho del país, para defender a la patria, para defender los interese de los más vulnerables, y fundamentalmente, para que nadie pueda arrebatarles lo que hemos conseguido, y el futuro de todos ustedes... »




Asi como la Ley de Medios o la de Matrimonio Igualitario tuvieron el aporte de miles de mujeres y hombres argentinos de todo el país que colaboraron con sus ideas para los textos definitivos sancionados en el Congreso de la Nación, las nuevas leyes por venir tendrán la misma gestación, ya que el gobierno nacional auspicia que otras leyes se retroalimenten de la misma forma, a través de la participación popular.


1
San Carlos de Bariloche fue elegida como sede del XXVI Encuentro Nacional de Mujeres, que se realizó los días 8, 9 y 10 de octubre.

Las mujeres organizadas han logrado acordar medidas coordinadas de lucha por sus reivindicaciones, por justicia, contra abusos y violaciones, por derechos sexuales y reproductivos; por tierra, trabajo y dignidad. A raíz de estos encuentros y la posterior lucha y movilización en cada lugar de nuestro país han avanzado en diferentes planos incluyendo la legislación como: Patria Potestad Compartida; Ley de Cupo y de Cuota Alimentaria, Exclusión del hogar de golpeadores, Confección de listado de padres incumplidores de Cuota Alimentaria, Sanción al acosador sexual, Ley contra la violencia familiar, Ley de Salud Sexual y Reproductiva; Leyes de Protección Integral de la mujer durante el parto; recientemente lograron la media sanción de la Ley de Infanticidio y se ha discutido por primera vez en el Congreso de la Nación la Ley por el Aborto Legal Seguro y Gratuito.


2
El Primer Encuentro Nacional de Mujeres se realizó en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y reconoce su origen en la III Conferencia Mundial de Nairobi (Kenya-Africa) realizada en julio de 1985 a fin de examinar y evaluar los logros del Decenio de la Mujer, que había sido declarado en la Conferencia Mundial del Año Internacional de la Mujer, realizada en México en 1975.

El Foro de ONGs de Nairobi congregó a 15.000 mujeres de casi todos los países del mundo. Participaron en el Foro de Nairobi un grupo de mujeres argentinas quienes a su regreso, decidieron autoconvocarse con el objetivo de comenzar a movilizarse en el país.

Los Encuentros Nacionales de Mujeres, que se realizan desde hace 26 años en nuestro país, son una experiencia con un impacto social y político único en su tipo en Latinoamérica, y surgió la idea de realizar los mismos en distintos lugares del país, otorgándole el Rol de la Comisión Organizadora a las mujeres de la ciudad elegida como sede.


3
En Argentina, cerca de 500.000 mujeres recurren cada año a un aborto. Por tratarse de una práctica clandestina, unas 80.000 mujeres llegan a las guardias de los hospitales públicos, por complicaciones originadas en prácticas inseguras. Así, el aborto es la principal causa de muerte materna en el país, con más de 100 víctimas cada año.


4
Hoy, por primera vez en la historia, el Congreso Nacional debatirá un proyecto de despenalización del aborto.

La Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados se reunirá hoy para tratar diferentes proyectos de ley que contemplan la despenalización del aborto . Uno de los proyectos ha sido firmado por más de 50 legisladoras y legisladores de casi todos los bloques, y es promovido por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito; es el de mayor consenso y propone la interrupción voluntaria de la gestación en las primeras 12 semanas de embarazo.

Por supuesto, como sucedió en otras oportunidades, las instituciones que se oponen al proyecto son aquellas que responden mayoritariamente a los lineamientos de la Iglesia católica y a grupos evangélicos. Una minoria débil, si se tiene en cuenta que una encuesta realizada por Ibarómetro, en el area metropolitana, revela que el 56 por ciento de los entrevistados considera que el Estado debe garantizar los abortos en los servicios de salud.


5
La Asamblea General de la ONU presentó un informe (3 agosto 2011) en el que se exhorta a los Estados a despenalizar el aborto. El documento fue elaborado por Anand Grover, relator especial de Salud del Consejo de Derechos Humanos (CDH).

El informe enfatiza que la aplicación de leyes que criminalizan el aborto e imponen una conducta específica a las mujeres embarazadas “infringen la dignidad humana”...

    «...The Special Rapporteur considers the impact of criminal and other legal restrictions on abortion; conduct during pregnancy; contraception and family planning; and the provision of sexual and reproductive education and information. Some criminal and other legal restrictions in each of those areas, which are often discriminatory in nature, violate the right to health by restricting access to quality goods, services and information. They infringe human dignity by restricting the freedoms to which individuals are entitled under the right to health, particularly in respect of decision-making and bodily integrity. Moreover, the application of such laws as a means to achieving certain public health outcomes is often ineffective and disproportionate...»



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