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martes, 31 de enero de 2012

DESMEMORIA RADICAL








«Ricardo Alfonsín advirtió que “es peligroso” encarar una discusión sobre una eventual reforma constitucional, impulsada por “un partido que tiene tanto desapego con relación a las normas” de la Carta Magna.

»No obstante, en declaraciones a Radio El Mundo, no descartó que se trate de “un globo de ensayo” de parte del Gobierno nacional para “ir sondeando para ver qué pasa en la sociedad” con una iniciativa que permitiría que Cristina compita por otro período al finalizar su mandato en 2015».


¿Desapego a la Constitución Nacional?

¿Es posible que el hijo del Presidente que firmó el PACTO DE OLIVOS con Carlos Saúl Menem no recuerde que su partido, la Unión Cívica Radical, tuvo intendentes y funcionarios en la última dictadura cívico militar?

¿No recuerda Ricardito que los radicales del Pueblo apoyaron el golpe genocida de 1955, la ominosa Revolución Fusiladora, y que junto a los socialistas (Alfredo Palacios, Nicolás Repeto, Américo Ghioldi) suscribieron la reforma constitucional ilegal de 1957?

No somos un partido, Alfonsín, somos un movimiento nacional que moja las patas en las aguas de la historia y la memoria, que pugna por una patria justa, libre y soberana, y que perdió miles de hijos en manos de asesinos que se sentaron a la mesa con radicales.



Daniel
Mancuso




domingo, 29 de enero de 2012

ARTÍCULO 40






Estamos atrapados en la mentira, empantanados en la manipulación. Así, logran que muchos ciudadanos desprevenidos crean que una reforma constitucional tenga como objetivo final la reelección indefinida de una Presidenta mala mala que se quiere atornillar al sillón de Perón.

Las continuas lecturas de la prensa hegemónica, más el bombardeo televisivo y radial, logran confundir a más de uno. Pero un reforma contitucional es otra cosa. Una Constitución es la expresión jurídica de la estructura de poder en la sociedad, y cuando tienen lugar cambios significativos en esa estructura, y en la sociedad, la Constitución debe experimentar cambios, para estar a la altura de las necesidades populares.

Por eso, en estos días, hemos estado analizando y compilando APUNTES SOBRE LA CONSTITUCIÓN, y nos hemos estado haciendo algunas PREGUNTAS CONSTITUCIONALES.


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La oposición castiga duramente al gobierno nacional, a través de la prensa reaccionaria, frente a cualquier cosa que haya hecho, haga, o proyecte hacer...

"Nos parece improcedente, ¿Una reforma para qué? Porque ya se hizo una reforma y fíjese qué es lo que pasa: Santa Fe es la segunda provincia por producto bruto geográfico y, sin embargo, tiene un destrato del gobierno nacional preocupante" (Hermes Binner).

"La sociedad no ve con buenos ojos las pretensiones de perpetuidad tratando de cambiar la ley... después el gobernante resulta castigado" (Ricardo Alfonsín).

"Dudo que la Presidenta quiera rifar su prestigio en una aventura tan disparatada" (Mauricio Macri).

"Esta gente tiene una tendencia permanente a no respetar la Constitución" (Federico Pinedo).

"Hoy más que nunca, para los argentinos es mejor cumplir con la Constitución que cambiarla. Estoy convencido de que la señora Presidenta opina lo mismo" (Francisco de Narváez).



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Pero ¿qué es lo que sucede? ¿A qué le tienen miedo? No es Cristina re re electa lo que los asusta sino el sentido del cambio constitucional. Quizás haga falta volver a leer la Constitución de 1949 y quedará todo mucho más claro. En ese maravilloso texto se resumían las bases estructurales de la planificación normativa que el gobierno del General Perón necesitaba para su política de soberanía política, independencia económica y justicia social.

Por eso, militares y civiles genocidas, radicales y socialistas, armaron la farsa de Convención Constituyente de 1957.


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Al comenzar las sesiones los convencionales de la UCRI (Oscar Alende, Oscar López Serrot) y otras fuerzas menores como el Partido Laborista (Cipriano Reyes, Ricardo Ovando), el Partido de los Trabajadores (Juan C. Deghi) y la Unión Federal (Enrique Ariotti) plantearon la nulidad de la Convención Constituyente.

El argumento básico que utilizan es que un presidente de facto no tiene facultades para derogar una Constitución, ni para declarar la necesidad de su reforma. Señalan el carácter antidemocrático de impedir la representación del electorado peronista. Denuncian que el verdadero objetivo de la Convención es convalidar el retorno a la Constitución de 1853 y eliminar definitivamente los derechos sociales y económicos establecidos por la Constitución de 1949.



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La UCR del Pueblo (Laurencena, Jaureguiberry), y los partidos Socialista (Alfredo Palacios, Nicolás Repeto, Américo Ghioldi, Teodoro Bronzini), Demócrata Progresista (Luciano Molinas), Demócrata Cristiano, y los partidos conservadores (Luis M. Otero Monsegur, Emilio Hardoy), votaron a favor de la legalidad de la Convención Constituyente de 1957.

Alfredo Palacios
fundamentó la posición de quienes defendían la legalidad de la convocatoria en el derecho a la revolución.






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Quizás, un botón baste de muestra para descular qué es lo que realmente aterra al establishment y sus adláteres.

Leyendo la
Constitución de 1949, artículo por artículo, llegamos a un punto clave, los recursos naturales, las riquezas, el control de la economía, el rol del Estado...

    Artículo 40 - La organización de la riqueza y su explotación tienen por fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de la justicia social. El Estado, mediante una ley, podrá intervenir en la economía y monopolizar determinada actividad, en salvaguardia de los intereses generales y dentro de los límites fijados por los derechos fundamentales asegurados en esta Constitución. Salvo la importación y exportación, que estarán a cargo del Estado, de acuerdo con las limitaciones y el régimen que se determine por ley, toda actividad económica se organizará conforme a la libre iniciativa privada, siempre que no tenga por fin ostensible o encubierto dominar los mercados nacionales, eliminar la competencia o aumentar usurariamente los beneficios.

    Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedad imprescriptibles e inalienables de la Nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias.

    Los servicios públicos pertenecen originariamente al Estado, y bajo ningún concepto podrán ser enajenados o concedidos para su explotación. Los que se hallaran en poder de particulares serán transferidos al Estado, mediante compra o expropiación con indemnización previa, cuando una ley nacional lo determine.

    El precio por la expropiación de empresas concesionarios de servicios públicos será el del costo de origen de los bienes afectados a la explotación, menos las sumas que se hubieren amortizado durante el lapso cumplido desde el otorgamiento de la concesión y los excedentes sobre una ganancia razonable que serán considerados también como reintegración del capital invertido.



Daniel
Mancuso



sábado, 28 de enero de 2012

APUNTES SOBRE LA CONSTITUCIÓN








Una Constitución es la expresión jurídica de la estructura de poder en la sociedad. Por eso, cuando tienen lugar cambios significativos en esa estructura, la Constitución experimenta modificaciones.

El expresidente Juan Domingo Perón decía: “La evolución de los pueblos, el simple transcurso de los tiempos, cambian y desnaturalizan el sentido de la legislación dictada para los hombre de una época determinada”. Por eso, durante su gobierno se proclamó la Constitución de 1949.

Eduardo Anguita, en El poder de las Constituciones analiza la importancia de las normas supremas «Las Constituciones, de eso se tratan las verdaderas revoluciones. O, en todo caso, para no minimizar los cambios sociales que gestan esos textos, las Constituciones son las garantías de que un nuevo orden de cosas pueda arribar o consolidarse».



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En estos días, los medios hegemónicos de desinformación están preocupados por una posible reforma constitucional. En Globos de ensayo para otra reforma, Julio Blanck, editor jefe de CLARIN, plantea que la intención del oficialismo es hablar de una reforma constitucional para disciplinar el frente interno...



    «No se puede esperar tres años para plantear esto, explicó Boudou. Es decir, no se puede esperar que la elección de 2013 resulte favorable para después empezar a correr contra el tiempo. Hay que largarse ya, y se largaron.

    »La jugada enfría el ímpetu de quienes, dentro del oficialismo, habían empezado cautamente a acomodar sus piezas pensando en construir una alternativa propia. Hablar de la reforma de la Constitución, aun con la cautela que ayer trató de imprimirle Boudou a su arranque inicial, supone hablar de la eventual continuidad de Cristina. Por lo tanto, cualquiera que piense en un proyecto alternativo será condenado como traidor...»


La mirada del Grupo Clarín es mezquina y de corto plazo. Ellos buscan denodadamente un candidato para que le haga sombra a Cristina, para que interfiera el normal desarrollo de las políticas inclusivas y proactivas del gobierno, y que pudiera ser funcional a los intereses neoliberales en pugna con el proyecto nacional. Ya no está Julio César Cleto Cobos. Ponen todas las fichas en Daniel Scioli, el gobernador de Buenos Aires, y se enojan porque éste no les da señales claras de subordinación a sus intereses, ¿todavía?


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La reforma de 1949, de cuya sanción se cumplen 63 años este 11 de marzo, fue la arquitectura jurídica de los cambios en las relaciones de poder que tenían lugar desde la reforma electoral de 1912, completada con la sanción del voto femenino en 1947.

Para entonces el movimiento obrero tenía un fuerte peso político-institucional y el desenvolvimiento de la economía había estimulado la diversificación de las clases propietarias y el surgimiento de una pujante burguesía industrial y una vibrante clase media.

La idea de que el Estado era un actor legítimo en la orientación y gestión de la economía (incluyendo la nacionalización de empresas, activos y servicios) a fin de dar sustento al desarrollo, promover el bienestar y la integración social y expandir los márgenes externos de autonomía nacional gozaba de amplia acogida.

El Peronismo dio unidad y expresión política a esa fusión de fuerzas sociales; el liderazgo del general Perón potenció sus aspiraciones emancipatorias. La Constitución de 1949 fue el producto de esa síntesis histórica: la organización institucional de acuerdo con los grandes objetivos de la nueva correlación del poder social transformado ahora en poder político.

Entonces, la Argentina vivía unos de los momentos mas importantes de su historia como Nación ya que se aprobaba con amplio apoyo popular la reforma de la Carta Magna y con ella se sentaba las bases estructurales de la planificación normativa que el gobierno del General Peron necesitaba para su política de soberanía política, independencia económica y justicia social.

La sociedad necesitaba de altos valores morales y eso era lo que representaba la Constitución del “49”. La Constitución liberal de 1853, no representaba los cambios que había comenzado con la llegada del General Peron, un 24 de febrero de 1946, al gobierno popular. La Argentina hasta entonces dependiente de un imperialismo expoliador pasaba a ser una Nación socialmente justa, económicamente libre y políticamente soberana.



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«Argentina y el mundo de hoy no son los de hace sesenta años, pero la filosofía política de la Constitución del ’49 brilla como nunca, ante los estragos del capitalismo salvaje, el desenfreno individualista, los paraísos fiscales y los infiernos sociales. En estos escenarios de exclusión social e incertidumbre, los grandes principios de la Constitución de 1949 siguen marcando el rumbo de las luchas democráticas y populares: la justicia social como condición para el ejercicio soberano de decisiones que apunten a sacudirnos inaceptables tutelajes internos o externos. De cara al Bicentenario, el gran desafío es llenar de contenidos reales las grandes banderas del ‘49 en el mundo globalizado e interdependiente del siglo XXI, de irritantes injusticias y espurias subordinaciones. En eso estamos, desde mayo de 2003», opina Carlos Vilas, Presidente del Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS).



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Cuando un 27 de abril de 1956, la Constitución de 1949 fue derogada por un decreto de la revolución “fusiladora”, no solo se derogaba una Carta Magna que hoy sigue siendo objeto de estudio y en algún caso utilizada en su filosofía por países hermanos como por ejemplo Venezuela... no solo se terminaba con ella, si no que se derrumbaban derechos que muchos se llenaban la boca con su invención, pero que nadie hasta la llegada del General Peron había hecho realidad.

Ese mismo año se sometía a la Argentina al siniestro designio del F.M.I.


Fue el dictador Pedro Eugenio Aramburu quien la derogó a través del decreto 229: dos meses después fusilaba a quienes se levantaban bajo el liderazgo del patriota Juan José Valle.

Los radicales, que apoyaban esa dictadura, se olvidaron del debate apoyado en leyes y se inclinaron por apoyar el orden de las bayonetas. Al año siguiente, esa dictadura llamó a elecciones para, supuestamente, tratar un nuevo orden constitucional. Claro, tuvieron la precaución de no dejar participar al peronismo, proscripto, que castigó en las urnas esa burla con masivos votos en blanco, que constituyeron la primera minoría.

Luego se produjo una farsa de Convención Constituyente, en 1957. La dictadura militar convocó a elecciones para una nueva reforma constitucional, prohibiendo la participación del peronismo. Una parte considerable de las argumentaciones de radicales y socialistas era que, de ese modo podría realizarse una legítima constitución que receptara los derechos sociales y económicos. El peronismo, la Unión Cívica Radical Intransigente, el partido Comunista, y otras fuerzas menores argumentaron, que la ilegitimidad de la Convención Constitucional de 1957, era mucho mayor que la que se le imputaba a la de 1949.

La Convención Constituyente de 1957 convalidó la derogación de la Constitución de 1949, y restablecer la Constitución de 1853, con las reformas de 1860, 1866 y 1898. Así, los políticos subordinados al establishment hicieron los deberes en favor de la propiedad privada concentrada, una vez más.



Daniel
Mancuso



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