De los 3 poderes del Estado, la Justicia es el menos democrático. No sólo no es democrático sino que compone una corporación oscura y aristocrática. Cientos de funcionarios que nos legó la dictadura siguen en funciones. Otros manejan a su antojo la vida y la hacienda de la gente con criterios retrógrados, de dudosa validez y eficacia, insensibles, inhumanos.
Carlos Antonio Flores y Gustavo Adolfo Jensen, dos jueces que asesinaron a distancia. O le dieron la víctima servida al victimario. Mala praxis judicial.
¿Qué se hace cuando un juez se equivoca y su fallo está directamente relacionado con la muerte de una persona?
La Pampa. 11 puñaladas a su mujer una semana después de salir de prisión, gracias a que ella lo perdonó por haberla violado, y se casó con él. Tenían un hijo en común. El sábado pasado, Marcelo Tomaselli (26 años) mató a puñaladas a Carla Figueroa (19 años). ¿Sabía la piba lo que hacía, podía pensar, sentir, libremente?
1
Avenimiento con el imputado: A diferencia de la ley derogada, cuyo art. 132 establecía que “en los casos de violación, estupro, rapto o abuso deshonesto de una mujer soltera, quedará exento de pena el delincuente si se casare con la ofendida, prestando ella su consentimiento, después de restituida a casa de sus padres o a otro lugar seguro”, la ley 25.087 (DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL, CODIGO PENAL. MODIFICACIÓN - Sanción: 14 de abril de 1999 - Promulgación: 7 de mayo de 1999 ) estableció una excusa absolutoria que no requiere del matrimonio previo:
2
El abogado Armando Agüero (es el “Fernando Burlando” de Gral. Pico) ahora renunció a la defensa del asesino Tomaselli. Dijo: “El avenimiento fue a pedido de Carla. Se hizo todo en el marco de la ley”, y agregó “No siento culpa, sino bronca e impotencia”. Mentiroso.
Carla se había separado de Marcelo en marzo. El 14 de abril, él la violó bajo la amenaza de un cuchillo, en una zanja cercana a donde ocurrió el ataque sexual se encontró el cuchillo con el que la amenazó para someterla. Ella lo denunció el 13 de mayo, “sostuvo su interés en reiteradas oportunidades respecto de la obtención de una condena de prisión para el acusado de violarla”, le tenía miedo. Cuando la defensa de Tomaselli mantuvo conversaciones con la fiscalía tendientes a celebrar un acuerdo de juicio abreviado, “en todo momento” Carla “manifestó un evidente temor respecto de la posibilidad de que Tomaselli recuperara su libertad”, según surge del expediente judicial.
La defensa de Tomaselli logró convencer a la joven de que se casara con su violador, luego del rechazo de la Audiencia de Juicio de Pico. "Con Tomaselli preso estaba privando a su hijo de su papá". Se casaron el 28 de octubre, menos de un mes después del fallo adverso y cuando ya la pareja, a través de sus respectivos abogados, lo había apelado.
La sentencia del Tribunal de Impugnación (Carlos Antonio Flores y Gustavo Adolfo Jensen, el juez Pablo Tomás Balaguer votó contrario al beneficio) liberó a Tomaselli el 2 de diciembre, y una semana después, el sábado 10, mató a su esposa a puñaladas.
Vivían juntos hacía 8 días, encontraron a Carla muerta y a Marcelo con las manos y la ropa ensangrentada, y secuestraron un cuchillo con el que la asesinó.
3
El fiscal Gilardenghi fue muy preciso cuando le pidieron del Tribunal de Impugnación que enviara un informe con su parecer. “Es evidente la presión ejercida sobre la víctima, quien no ha contado a lo largo de este proceso con ningún tipo de contención salvo las entrevistas que mantuvo con la licenciada en psicología Claudia Braico (quien ha abordado la atención de Carla Figueroa de manera gratuita y a instancias del pedido de la Fiscalía), encontrándose prácticamente desamparada a nivel emocional sin ningún tipo de protección o resguardo por parte de su círculo familiar o social. Es por ello que se advierte que el matrimonio celebrado recientemente es parte de la ‘estrategia’ defensiva de Tomaselli”.
Mónica Molina, subdirectora de Políticas de Género de Santa Rosa, dijo que: “hay que impulsar el juicio político porque no se tuvo una mirada de género, de la situación de vulnerabilidad de la víctima”. Y agregó: “es otro femicidio que se suma a la estadística del país y desnuda la falta de perspectiva de género de los operadores judiciales”.
4
Dice Mariana Carbajal en su nota "Una polémica por el fallo del avenimiento": «Cuatro jueces y dos fiscales advirtieron con argumentos contundentes que Carla Figueroa, la adolescente, de 19 años, víctima de violación, no estaba en condiciones de dar un consentimiento “libre y pleno” para solicitar el avenimiento y liberar así a su victimario. El agresor, Marcelo Tomaselli, de 21 años, terminó asesinándola el sábado, apenas ocho días después de obtener ese polémico beneficio y salir de la cárcel, con la venia de dos magistrados del Tribunal de Impugnación de La Pampa. Los tres magistrados de la Audiencia de Juicio de General Pico que negaron por unanimidad el pedido, en primera instancia, el 4 de octubre; los fiscales Ivana Hernández y Alejandro Gilardenghi, que intervinieron en la investigación penal; y Pablo Balaguer, el único juez del Tribunal de Impugnación que votó en contra, entendieron que se trataba de una estrategia de la defensa, pergeñada por el abogado Armando Agüero, el penalista más mediático de General Pico, y que la joven –con una historia familiar atravesada por la violencia machista– estaba siendo manipulada. Los dos jueces del Tribunal de Impugnación que creyeron “libre de presiones” el planteo de la chica y le abrieron la puerta de la prisión a Tomaselli son Carlos Antonio Flores y Gustavo Adolfo Jensen».
5
El Movimiento por los Derechos de las Mujeres de General Pico, en un comunicado, repudió la decisión de los jueces Carlos Antonio Flores y Gustavo Adolfo Jensen, y del abogado Armando Agüero, defensor de Tomaselli e impulsor del avenimiento.
“Los profesionales no consideraron la historia de vida de Carla, trágica desde la infancia, con el agravante de la violencia física y psicológica perpetuada por Tomaselli, y resolvieron sobre el caso desde una perspectiva machista que no tiene en cuenta la teoría de género”.
6
Los jueces que votaron a favor del avenimiento son Carlos Antonio Flores (54) y Gustavo Adolfo Jensen (52). Recuerde estos nombres, pero no olvide que son sólo la punta del témpano, la parte escondida es mucho mucho más grande.
Carlos Antonio Flores y Gustavo Adolfo Jensen, dos jueces que asesinaron a distancia. O le dieron la víctima servida al victimario. Mala praxis judicial.
¿Qué se hace cuando un juez se equivoca y su fallo está directamente relacionado con la muerte de una persona?
La Pampa. 11 puñaladas a su mujer una semana después de salir de prisión, gracias a que ella lo perdonó por haberla violado, y se casó con él. Tenían un hijo en común. El sábado pasado, Marcelo Tomaselli (26 años) mató a puñaladas a Carla Figueroa (19 años). ¿Sabía la piba lo que hacía, podía pensar, sentir, libremente?
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Avenimiento con el imputado: A diferencia de la ley derogada, cuyo art. 132 establecía que “en los casos de violación, estupro, rapto o abuso deshonesto de una mujer soltera, quedará exento de pena el delincuente si se casare con la ofendida, prestando ella su consentimiento, después de restituida a casa de sus padres o a otro lugar seguro”, la ley 25.087 (DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL, CODIGO PENAL. MODIFICACIÓN - Sanción: 14 de abril de 1999 - Promulgación: 7 de mayo de 1999 ) estableció una excusa absolutoria que no requiere del matrimonio previo:
- «Artículo 15.- Sustitúyese al artículo 132 del Código Penal, por el siguiente texto: “En los delitos previstos en los artículos 119: 1º, 2º, 3º párrafos, 120: 1º párrafo y 130 la víctima podrá instar el ejercicio de la acción penal pública con el asesoramiento o representación de instituciones oficiales o privadas sin fines de lucro de protección o ayuda a las víctimas. Si ella fuere mayor de dieciséis años podrá proponer un avenimiento con el imputado. El Tribunal podrá excepcionalmente aceptar la propuesta que haya sido libremente formulada y en condiciones de plena igualdad, cuando, en consideración a la especial y comprobada relación afectiva preexistente, considere que es un modo más equitativo de armonizar el conflicto con mejor resguardo del interés de la víctima. En tal caso la acción penal quedará extinguida; o en el mismo supuesto también podrá disponer la aplicación al caso de lo dispuesto por los artículos 76 ter y 76 quáter del Código Penal”».
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El abogado Armando Agüero (es el “Fernando Burlando” de Gral. Pico) ahora renunció a la defensa del asesino Tomaselli. Dijo: “El avenimiento fue a pedido de Carla. Se hizo todo en el marco de la ley”, y agregó “No siento culpa, sino bronca e impotencia”. Mentiroso.
Carla se había separado de Marcelo en marzo. El 14 de abril, él la violó bajo la amenaza de un cuchillo, en una zanja cercana a donde ocurrió el ataque sexual se encontró el cuchillo con el que la amenazó para someterla. Ella lo denunció el 13 de mayo, “sostuvo su interés en reiteradas oportunidades respecto de la obtención de una condena de prisión para el acusado de violarla”, le tenía miedo. Cuando la defensa de Tomaselli mantuvo conversaciones con la fiscalía tendientes a celebrar un acuerdo de juicio abreviado, “en todo momento” Carla “manifestó un evidente temor respecto de la posibilidad de que Tomaselli recuperara su libertad”, según surge del expediente judicial.
La defensa de Tomaselli logró convencer a la joven de que se casara con su violador, luego del rechazo de la Audiencia de Juicio de Pico. "Con Tomaselli preso estaba privando a su hijo de su papá". Se casaron el 28 de octubre, menos de un mes después del fallo adverso y cuando ya la pareja, a través de sus respectivos abogados, lo había apelado.
La sentencia del Tribunal de Impugnación (Carlos Antonio Flores y Gustavo Adolfo Jensen, el juez Pablo Tomás Balaguer votó contrario al beneficio) liberó a Tomaselli el 2 de diciembre, y una semana después, el sábado 10, mató a su esposa a puñaladas.
Vivían juntos hacía 8 días, encontraron a Carla muerta y a Marcelo con las manos y la ropa ensangrentada, y secuestraron un cuchillo con el que la asesinó.
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El fiscal Gilardenghi fue muy preciso cuando le pidieron del Tribunal de Impugnación que enviara un informe con su parecer. “Es evidente la presión ejercida sobre la víctima, quien no ha contado a lo largo de este proceso con ningún tipo de contención salvo las entrevistas que mantuvo con la licenciada en psicología Claudia Braico (quien ha abordado la atención de Carla Figueroa de manera gratuita y a instancias del pedido de la Fiscalía), encontrándose prácticamente desamparada a nivel emocional sin ningún tipo de protección o resguardo por parte de su círculo familiar o social. Es por ello que se advierte que el matrimonio celebrado recientemente es parte de la ‘estrategia’ defensiva de Tomaselli”.
Mónica Molina, subdirectora de Políticas de Género de Santa Rosa, dijo que: “hay que impulsar el juicio político porque no se tuvo una mirada de género, de la situación de vulnerabilidad de la víctima”. Y agregó: “es otro femicidio que se suma a la estadística del país y desnuda la falta de perspectiva de género de los operadores judiciales”.
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Dice Mariana Carbajal en su nota "Una polémica por el fallo del avenimiento": «Cuatro jueces y dos fiscales advirtieron con argumentos contundentes que Carla Figueroa, la adolescente, de 19 años, víctima de violación, no estaba en condiciones de dar un consentimiento “libre y pleno” para solicitar el avenimiento y liberar así a su victimario. El agresor, Marcelo Tomaselli, de 21 años, terminó asesinándola el sábado, apenas ocho días después de obtener ese polémico beneficio y salir de la cárcel, con la venia de dos magistrados del Tribunal de Impugnación de La Pampa. Los tres magistrados de la Audiencia de Juicio de General Pico que negaron por unanimidad el pedido, en primera instancia, el 4 de octubre; los fiscales Ivana Hernández y Alejandro Gilardenghi, que intervinieron en la investigación penal; y Pablo Balaguer, el único juez del Tribunal de Impugnación que votó en contra, entendieron que se trataba de una estrategia de la defensa, pergeñada por el abogado Armando Agüero, el penalista más mediático de General Pico, y que la joven –con una historia familiar atravesada por la violencia machista– estaba siendo manipulada. Los dos jueces del Tribunal de Impugnación que creyeron “libre de presiones” el planteo de la chica y le abrieron la puerta de la prisión a Tomaselli son Carlos Antonio Flores y Gustavo Adolfo Jensen».
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El Movimiento por los Derechos de las Mujeres de General Pico, en un comunicado, repudió la decisión de los jueces Carlos Antonio Flores y Gustavo Adolfo Jensen, y del abogado Armando Agüero, defensor de Tomaselli e impulsor del avenimiento.
“Los profesionales no consideraron la historia de vida de Carla, trágica desde la infancia, con el agravante de la violencia física y psicológica perpetuada por Tomaselli, y resolvieron sobre el caso desde una perspectiva machista que no tiene en cuenta la teoría de género”.
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Los jueces que votaron a favor del avenimiento son Carlos Antonio Flores (54) y Gustavo Adolfo Jensen (52). Recuerde estos nombres, pero no olvide que son sólo la punta del témpano, la parte escondida es mucho mucho más grande.
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6 comentarios:
Hola Daniel
Cuesta creer que haya jueces con una mirada tan ciega. Realmente sentenciaron a esa piba de 19 años a muerte...
Abrazo
Daniel como bien decís la justicia no es democrática en dos de los sentidos de la palabra. En primer lugar sus miembros no son electos, son designados y su idoneidad nunca es controlada, no hay mecanismos de evaluación y si existen no actúan o solo lo hacen para dejar afuera a jueces que molestan a los poderosos. En segundo lugar son muy sensibles a la presión del poder y totalmente insensibles a las demandas de los más débiles (cuando su obligación es justamente la contraria) y no solo porque todavía persistan como tales jueces de la dictadura sino porque la carrera judicial, en general, selecciona a los más dóciles con el poder y a los más corruptos. El papel del abogado mediático que demuestra su habilidad logrando sacar de la cárcel a un delincuente condenado con artimañas y quizás dinero sobre una víctima incapaz de defenderse debe ser juzgada como una falta de ética. No debe ser posible llevar hasta esos extremos el derecho a la defensa, debe tomarse como ejemplarizador y retirarle la matrícula. Los jueces que votaron a favor sin asegurarse de que la chica estaba plenamente consciente del riesgo que corría no merecen otra cosa que la destitución. Lamentablemente pienso que ninguno de estos extremos ocurrirá porque, entre otras cosas, los legisladores borran con el codo lo que escriben con la mano. Tienen miedo de cambiar las cosas, de dar vuelta la taba.
Es cierto. La Justicia es antidemocrática.
La figura del avenimiento es una aberración que por más que esté contemplada cualquier Juez debería arbitrar todos los medios para eludirla. El sistema de cabo a rabo falló.
Ahora bien, hay que hacer algún laburo importante (no sé bien cual ni como) para abrir la cabeza de las mujeres. Algo nos está pasando como para que establezcamos relaciones tan peligrosas.
El Estado nos debe cuidar, debe estar presente, pero por otro lado le resulta muy dificil evitar que moramos electrocutadas si estamos todo el tiempo abriendo la heladera con los pies mojados y descalzas, cuando no metemos los dedos en el enchufe directamente.
No es un tema fácil de abordar y mucho menos en un comentario. Pero por perfecto que sea el sistema (que no sucederá nunca), de nada servirá si las mujeres no cambiamos la cabeza.
Y mujeres con otra cabeza no necesitaríamos el paternalismo del Estado.
Inés.
La justicia es el brazo de la politica, la mala politica. Cuando un Juzgado tiene cierto "precio",en los comentario de pasillo...algo mal funciona. Somos un pais machista y con demasiada mente deformada. De igual forma como vamos atando con alambre la realidad del pais,es lo más doloroso.Rodo
Excelente!!"la Justicia es el menos democrático. No sólo no es democrático sino que compone una corporación oscura y aristocrática."
La justicia argentina está llena de burócratas y muchas veces, casi siempre, con esa mirada son resueltas las causas. No existe un compromiso real de parte de los magistrados ni una verdadera vocación de servicio. Da lo mismo quien se robo un estéreo o quien cometió una violación, lo importante es sacarse causas de encima, y si es con su finalización (el avenimiento lo es), mejor o bien postergar decisiones que requieren un análisis un poco más complejo y excepcionalmente más dedicación. Se acercan las 13:30 hs y hay que bajar la persiana del Tribunal e irse a casa, al club o a la facultad a dar cátedra, a un curso, a un post grado, etc, etc., para sumar puntos y poder concursar por un cargo mejor; la gente que necesita una respuesta puede esperar, la ley los ampara, los plazos son legales y los amparan, medidas inútiles, inncesarias, en definitiva, burocráticas también. No suele mirarse la realidad de cada caso concreto ni la realidad de cada uno de las partes, sino que por fines meramente practicos se recurre a lugares comunes que llevan a soluciones también comunes y que luego se generalizan, con el consiguiente riesgo de sancionar con la misma vara a quien roba un banco o una gallina.
En fin, mientras la justicia no se renueve con gente que tenga un sentido amplio de la realidad, con magistrados que sepan que ningún privilegio especial los protege y quen en fenitiva están ahí para cumplir un fin social sumamemte delicado, los palacios de justicia seguirán siendo, parafraseando a Gasalla, de injusticia.-
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