miércoles, 1 de septiembre de 2010

LEY DE MEDIOS LTA




« No estamos acostumbrados a vivir en libertad de expresión y nos parece que el imperio del monopolio es el único posible. Esta es la primera vez que vamos a avanzar hacia la democratización del marco jurídico en la Argentina »


Gabriel Mariotto
(titular de la AFSCA)



En lingüística moderna, un acrónimo (del griego ἄκρος, transliterado como akros ‘extremo’ y ὄνομα, tr. como ónoma ‘nombre’) puede ser una sigla que se pronuncia como una palabra, y que por el uso acaba por lexicalizarse totalmente en la mayoría de casos.

El significado de un acrónimo es la suma de los significados de las palabras que lo forman. Por ejemplo, el término telemática procede de telecomunicación e informática, que a su vez es acrónimo de información y automática.

Los acrónimos se conforman a partir de las sílabas iniciales de varias palabras, fusionando o combinando dos palabras y a partir de siglas o iniciales de palabras.

El neologismo LTA es la suma de los significados de las palabras "la tienen adentro". En este caso, en esta coyuntura política argentina, nos referimos a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que ya está adentro de la sociedad.

El Gobierno reglamentó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Mediante el Decreto 1225/2010, firmado por la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, y el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo reglamentó la Ley 26.522 (la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, impulsada por el Poder Ejecutivo y sancionada por el Congreso hace poco más de un año).

"Apruébase la reglamentación de la Ley N° 26.522 de SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la que como Anexo I, integra el presente decreto", señala el artículo 1º. El decreto faculta además a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual a dictar las normas complementarias y aclaratorias de la reglamentación que se aprueba.

reglamentacion-ley


La reglamentación del artículo 161 dispone que "la Autoridad de Aplicación establecerá los mecanismos de transición a los fines de adecuar la situación de la totalidad de los licenciatarios a lo dispuesto en la Ley 26.522". En este sentido, el decreto publicado hoy diferencia tres modalidades para esta adecuación: la voluntaria, la constatación de oficio y la adecuación por transferencia de licencias.

El titular de la AFSC, Gabriel Mariotto, recordó que la norma permite "no más de 10 licencias de TV y radio abierta en todo el país y no más de 3 por área de cobertura", con lo cual "queda garanatizada la posibilidad de pluralidad y diversidad". Asimismo, remarcó que: "los medios que superen esas cantidades tendrán un año de plazo para elegir y proponer qué medios seguirán explotando y cuáles no".

Mariotto reafirmó el espíritu antimonopólico de la ley al explicar que a partir de su vigencia "quien genera contenidos, por ejemplo para televisión abierta, no podrá ser el dueño de la empresa que distribuye, porque al tener una empresa el 80 por ciento de los abonados de cable, sólo distribuye y privilegia las que genera, atentando contra la diversidad y la pluralidad".







Daniel Mancuso

1 comentario:

Daniel dijo...

Por fin llegó la aplicación efectiva de la ley.
Una enorme noticia. Pensé que no llegaría nunca...

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